Procedimiento para la aplicación del examen de alcoholemia, con base a la "Ley Salvavidas"
Si al infraccionar a un conductor el policía vial se percata o percibe aliento alcoholico por parte del conductor, procederá inmediatamente a solicitar la presencia de Perito o personal autorizado para la aplicación de la prueba de alcoholemia.
En caso de que el conductor se negara a la aplcación del examen, se emitirá el acta por negativa, y se remitirá inmediatamente al Ministerio Público para la práctica de examen pericial clínico.
En el caso de aceptar la prueba de alcoholimetro, el conductor espirará la boquilla o pipeta de manera suficiente y constante para obtener el resultado de la prueba
En caso de que el resultado de la prueba sea negativo, sólo se le dará al conductor la infracción correspondiente que haya cometido en un inicio.
De resultar positiva, de acuerdo al grado que presente el conductor infractor, se hará acreedor a las sanciones correspondientes al grado de alcohol y estado físico que presente el conductor (sigue el link para ver sanciones http://www.segurosautos.com.mx/consejos-recomendaciones/ley-salvavidas-procedimiento.html )
En caso de reincidencia, se elaborará  la cedula de notificación, y el conductor infractor deberá participar en el curso de sensibilización, concientización y prevención de accidentes viales por causa de la ingesta de alcohol, con una duración de 10 horas, con actividades de 2 horas diarias en consecución al calendario.
En caso de accidente
De resultar positiva la prueba de alcoholemia, el perito elaborará el acta correspondiente y se remitirá inmediatamente al conductor infractor con la autoridad competente, procediendo también al aseguramiento de las unidades siendo retiradas de la circulación



Siniestro 5